Diputados le dio media sanción al proyecto de reiterancia que busca evitar la “puerta giratoria”
Además de la suspensión de las PASO, en la primera sesión de extraordinarias Diputados le dio media sanción al proyecto enviado por la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, que busca terminar con “la puerta giratoria”. Concretamente modifica las figuras de reincidencia y reiterancia delictiva.
La iniciativa fue aprobada por 138 votos a favor y 94 negativos y 1 abstención. Para convertirse en ley debe obtener luz verde en el Senado.
La iniciativa endurece las penas para aquellos delincuentes que reinciden en el delito e incluso para aquellos que tienen antecedentes, aunque no hayan sido condenados.
“Es inadmisible que los delincuentes entren y salgan del sistema judicial sin consecuencias reales”, afirmó Laura Rodríguez Machado, presidenta de la Comisión de Legislación Penal.
Concretamente, las modificaciones al Código Penal y al Código Procesal Penal establecen que la reincidencia se aplicará a toda persona condenada a penas privativas de libertad en dos o más ocasiones siempre que la primera condena se encuentre firme.
A su vez, la reiterancia delictiva establece que el juez, a los fines de evaluar el dictado de prisión preventiva, también deberá tener en cuenta si hubo imputaciones previas.
“No es solo reincidencia, ahora también abordamos la reiterancia delictiva, un flagelo que permite a muchos delincuentes seguir delinquiendo mientras esperan juicio”, agregó Rodríguez Machado.
El diputado radical y ex juez, Fernando Carbajal, acompañó el artículo de reincidencia pero no el de reiterancia. “Antes de que una persona haya sido condenada por un delito decir que es un delincuente es llanamente una infamia y una falacia porque el carácter delincuente se puede solamente utilizar válidamente cuando ha sido condenada”, sentenció.
La sesión continúa con el debate de la ley de Juicio en Ausencia. Ese proyecto modifica el Código Procesal Penal de la Nación y el Código Procesal Penal Federal para permitir que los juicios puedan avanzar en ausencia del imputado, siempre que se cumplan estrictos requisitos, como la declaración de rebeldía y la falta de respuestas ante requerimientos judiciales. Además, el juicio en ausencia será aplicable en delitos graves, como aquellos contemplados en el Estatuto de Roma y la Convención Interamericana contra el Terrorismo.
Para la Argentina es importante porque podría avanzar con juicios emblemáticos como los de los atentados a la Embajada de Israel en 1992 y la AMIA en 1994.
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