La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) decidió postergar un mes los vencimientos para la presentación de la declaración jurada y el pago del saldo resultante de Ganancias correspondiente a 2024, para las personas físicas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto, es decir, los autónomos.
Para cumplir con las obligaciones, que iban a vencer entre el 12 y el 15 de mayo, habrá tiempo finalmente hasta mediados de junio. Concretamente, si el CUIT finaliza en 0, 1, 2 o 3, la presentación de la declaración jurada deberá hacerse hasta el 11 de junio y el pago, hasta el 12 de ese mes; con CUIT terminado en 4, 5 o 6, las fecha serán, respectivamente, el 12 y el 13 de junio; y si el CUT tiene por último dígito 7, 8 o 9, el plazo límite será el 13 de junio para la declaración jurada y el 17 de ese mismo mes para el pago.
Las fechas serán las mismas que las previstas para el impuesto a los Bienes Personales. La modificación no será solo por este año, sino que en los ejercicios fiscales posteriores los vencimientos también serán siempre en el sexto mes. Así lo dispondrá una norma que será publicada en las próximas horas en el Boletín Oficial, según comunicó ARCA.
El organismo puntualizó que la medida “contempla lo solicitado por las entidades profesionales respecto de la necesidad de otorgar más tiempo a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias”.
A fines de enero, el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires le había enviado a Juan Pazo, titular de ARCA, una nota solicitando la modificación del calendario de vencimientos, en el sentido de la medida que efectivamente se tomará.
Tras exponer los motivos, esa nota del Consejo finalizaba expresando el pedido de “adecuar el cronograma de vencimientos para planificar el trabajo y evitar la superposición de tareas”. En el escrito se recordaba que en mayor operan los vencimientos del impuesto para las personas jurídicas (empresas y otras organizaciones) que cierran sus balances en diciembre, y también se enfatizaba que por una resolución de 2018 el vencimiento de Ganancias en el caso de personas humanas “estaba fijado en concordancia con con el impuesto sobre los Bienes Personales, de naturaleza complementaria”.
Además del cambio en las fechas, el Consejo pidió que se arbitren los medios para que las aplicaciones web necesarias para hacer las presentaciones estén disponibles “con un margen mínimo de antelación de 60 días hábiles previos al vencimiento, para poder dar cumplimiento en tiempo y forma”. La nota lleva las firmas de Gabriela Russo y Silvia Abeledo, presidenta y secretaria, respectivamente, de la institución que representa a los contadores que se desempeñan en la ciudad de Buenos Aires.
El año pasado los vencimientos llegaron recién en septiembre, dado que a fines de junio se aprobó la ley de Medicas Fiscales Paliativas y Relevantes, que modificó el esquema del tributo, y fue necesaria una adecuación de las normas reglamentarias y de las herramientas utilizadas en las presentaciones.
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