Una de las faltas más comunes en tránsito es el bloqueo de patente. Ya sea con pequeas sogas, listones, cadenas o pintura, conductores buscan adulterar o tapar su placa de dominio para evitar ser captados por las cámaras y radares ante eventuales infracciones de tránsito.
Según consta en la Ley Nacional de Tránsito (N°24.449), las placas de identificación de dominio son obligatorias para circular y deben ser completamente legibles y sin adulteraciones. Es decir, cualquier modificación que se haga sobre ellas, es una falta grave. Son cada vez más los casos de patentes obstruidas o adulteradas en el país, motivo por el cual la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) intensificó los controles de fiscalización en los últimos meses.
Ahora bien, por un lado se encuentran quienes circulan directamente sin la patente y por otro lado los que le tapan algún número o letra para que no sea identificable; ¿ambos casos constituyen la misma falta? Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), sí, ambas tienen el mismo grado de relevancia.
¿Qué ocurre si un agente de tránsito frena a un auto sin la placa? “Una vez que una agente de tránsito detiene a uno de estos conductores, el inspector le labra la infracción correspondiente y —en caso de que tenga la documentación en regla y no cometa otra falta grave— se lo deja continuar con la marcha”, explicó una autoridad de la ANSV. Ahora bien, la infracción es enviada al Juzgado de faltas para que le aplique la sanción definitiva.
Dicha infracción suele involucrar la quita de 10 puntos del scoring para el conductor (dependiendo si la jurisdicción se haya adherido al sistema nacional) y una multa económica que en la provincia de Buenos Aires va desde los $69.900 hasta los $139.800; mientras que en la Ciudad de Buenos Aires equivale a una sanción de $630.200.
Los comentarios están cerrados.