el fiscal volverá a insistir ante la Corte para que condenen a Cristóbal López y a Fabián De Sousa

Después de que la Cámara Federal de Casación Penal, por segunda vez, absolvió a Cristóbal López y a Fabián De Sousa en la causa Oil Combustibles, donde se investigó un fraude al Estado por 5.600 millones de pesos, el fiscal de dicha instancia –Mario Villar-, volverá a acudir a la Corte Suprema sosteniendo que los empresarios kirchneristas “son responsables de los delitos administración fraudulenta”. En esta causa el único condenado es Ricardo Echegaray, ex titular de la AFIP.

La acusación que condujo al juicio oral y público a los dueños del Grupo Indalo sostenía que mientras no pagaban al fisco el impuesto a los combustibles líquidos (del cual Oil era agente de retención), la AFIP le otorgaba planes con facilidades para pagar esa deuda, pero tampoco cumplían según lo acordado. Y agregaba que con el dinero que le retenían indebidamente a los consumidores de nafta y no liquidaban a la AFIP, los empresarios iban expandiendo el holding Indalo.

El monto del fraude fue revisado durante el juicio, y se ajustó a un período menor al que contemplaba la imputación inicial. Así, se sostuvo que la deuda de Oil ascendía a unos 5.600 millones de pesos.

Sin embargo, el único condenado como partícipe de la maniobra defraudatoria fue Ricardo Echegaray, ex titular de la AFIP durante los doce años de gobierno kirchnerista.

El caso llegó a la Cámara de Casación, que confirmó el criterio del Tribunal Oral Federal 3 (TOF 3). El Ministerio Público Fiscal apeló esa decisión. En función de esa circunstancia es que intervino la Corte Suprema de Justicia.

El año pasado, el máximo tribunal -en un fallo unánime- revocó la absolución de López y De Sousa y ordenó el dictado de una nueva sentencia.

Con una nueva conformación la Sala I, los jueces Alejandro Slokar y Mariano Borinsky reiteraron la absolución de los empresarios kirchneristas. En tanto, el camarista Guillermo Yacobucci se opuso a esa sentencia.

Los camaristas aclararon que la Corte “categóricamente excluyó los argumentos relativos a la vinculación con otros procesos y lo que, en palabras del Procurador General Interino, Eduardo Casal, habría constituido ‘la trama densa de relaciones personales y comerciales de mutuo beneficio entre los imputados y los que eran en aquel momento altos funcionarios de la administración pública’”.

Es decir que no se pudieron tener en cuenta pruebas recolectadas en otras causas penales, como los casos Hotesur y Los Sauces, en cuya instrucción se probó la estrecha -y sospechosa- relación comercial entre López y la entonces presidenta Cristina Kirchner.

El fiscal general entiende que la última resolución de la Casación es “arbitraria porque fracciona la prueba”, y a su vez que “no hay dos votos concordantes, lo que genera una injusticia”. Por ese motivo entiende que la normativa lo habilita a recurrir nuevamente, ante la Corte Suprema para exigir la condena de los dueños del Grupo Indalo.

En su voto, el juez Slokar sostuvo la absolución en base al principio de inocencia. Sostuvo “que el Ministerio Público Fiscal no ha logrado acreditar en el debate los elementos centrales de su proclama acusatoria, que definió como un entramado delictivo montado entre privados y funcionarios públicos con el afán de obtener recursos del Estado para su propio beneficio”.

En efecto, argumentó el juez, “el resultado del juicio S“, sin que “se le han otorgado planes particulares de pago en condiciones análogas a otros contribuyentes, sin que se advierta nota distintiva respecto a otros planes otorgados, sea en su tramitación, duración o tasa de interés”.

Su colega Mariano Borinsky no se pronunció sobre el fondo, ya que consideró que la causa estaba prescripta. “Transcurrió el plazo de seis años desde la citación de las partes a juicio (28 de junio de 2018) hasta el 28 de junio de 2024 (máximo de la escala penal aplicable al delito de defraudación contra la administración pública”.

El voto disidente frente a estos dos criterios, fue el del juez Yacobucci, quien estuvo en desacuerdo con la interpretación de la ley para considerar prescripto el plazo de la acción penal. “Lo sostenido encuentra respaldo en las circunstancias particulares que presenta este caso y que el Máximo Tribunal exige que no sean analizadas de modo fragmentario o aislado. En efecto, la intervención de López y De Sousa no podría ser equiparada a la de cualquier otro ciudadano en la medida en que se les atribuye -conforme la acusación- la participación en el delito de un agente estatal que, a la fecha, continúa siéndolo”, en relación a Echegaray.

Como segundo aspecto, Yacobucci entendió que los dueños del Grupo Indalo debían ser condenados. “En ese escenario, a mi modo de ver, resulta claro que la intervención de Cristóbal López y Fabian De Sousa concurre de manera esencial a la realización del delito -comprobado con firmeza jurisdiccional- y constituye una cooperación o participación penalmente relevante”.

La insistencia del fiscal

Como en otras ocasiones, el fiscal ante la Casación Federal, Mario Villar, sostiene que la responsabilidad de Cristóbal López y Carlos Fabián De Sousa en la defraudación a la administración pública en la tramitación de los planes de pago, no respondió a la de un mero contribuyente, sino que fue indispensable para que se “realizara la defraudación a la administración pública se configure”.

El rol de los empresarios, quienes fueron inquilinos de Cristina Kirchner, “fue esencial, pues sin sus aportes no estaríamos en presencia de delito alguno”, manifestó en otros planteos el fiscal. Mismos argumentos conducirán su reclamo ante la Corte.

Para el fiscal general, en el juicio quedó corroborado que en forma paralela al incumplimiento fiscal y el sistemático requerimiento de planes de facilidades de pago, Oil Combustibles “financiaba a otras empresas del Grupo ‘Indalo’, como así también se probó que se instrumentaron créditos a favor de López y De Sousa”, cuyos montos coincidían con el saldo impago correspondiente al Impuesto a los Combustibles Líquidos”.

Sostuvo que también se probó que los préstamos inter company fueron realizados fundamentalmente a las dos empresas que consolidan la totalidad del capital accionario de Oil Combustibles, Inversora M&S y Oil M&S. Inversora M&S S.A. con un 99.875 % de participación, representada por Cristóbal Manuel López, en su carácter de presidente y OIL M&S con un 0.125% de participación, representada por De Sousa.

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