De la invención del sistema de huellas dactilares, la transfusión sanguínea y la técnica del baypass coronario, pasando por el helicóptero, el semáforo para personas no videntes, hasta la birome y el magiclick. La lista de invenciones argentinas que han sido reconocidas en el mundo es extensa y ha sido abonada, más recientemente, por la creación de empresas innovadoras como Mercado Libre, Globant, Satellogic y Bioceres, así como también por descubrimientos del Conicet y de empresas pyme que desarrollan investigaciones.
Sin embargo, el camino recorrido por los creadores contemporáneos para lograr la protección de su invento varía según la vía que utilicen. A nivel nacional, la Argentina cuenta con la Ley de Patentes e Invención y Modelos de Utilidad de 1995, pero en lo internacional, continua sin adherir al Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT) de 1970, al que ya han suscripto 158 países, entre ellos Uruguay, que lo hizo el año pasado. La Argentina, en cambio, sigue usando el estándar del Convenio de París, que data de 1883.
Por un lado, la ley establece el marco normativo para el otorgamiento de una patente, que es un derecho de exclusividad que concede el Estado sobre una invención por un periodo de 20 años en el territorio nacional, mientras que el PCT es un instrumento internacional que busca regular el procedimiento de solicitudes para la obtención de una patente. El tratado procura facilitar, simplificar y abaratar los trámites para proteger un invento en los países adheridos, y así poder comercializarlo y obtener regalías, que vuelven al país de origen. De acuerdo con el PCT, las solicitudes son aprobadas por la oficina de patentes de cada país donde fueron presentadas si cumple con los criterios de novedad, altura inventiva y aplicación industrial.
Según expertos en propiedad intelectual, la falta de adhesión al PCT y los rigurosos criterios que establecen qué inventos son patentables y cuáles no (que son potestad de cada país) constituyen las razones por las que en la Argentina se hayan presentado en 2023 sólo 679 solicitudes de patentes. La cifra ubica al país en el puesto 54 a nivel mundial y en el cuarto a nivel regional, detrás de Brasil (7302), México (1774) y Chile (878).
Los datos surgen del último informe presentado por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el organismo de las Naciones Unidas encargado de proteger y promover la propiedad intelectual, que abarca no solo patentes sino también marcas y diseños industriales. Las solicitudes de patentes, en el ámbito internacional, son el indicador que refleja el nivel de desarrollo e innovación de un país.
De acuerdo con los últimos datos disponibles de la OMPI, el top five de países que en 2023 presentaron la mayor cantidad de solicitudes de patentes está encabezado por China (1,64 millones), Estados Unidos (518.364), Japón (414.413), Corea del Sur (287.954) y Alemania (133.053). Se destaca el caso de la India (64.480), cuyas solicitudes se incrementaron en un 15,7% respecto del año anterior, ubicándose en el sexto lugar. Le siguen Francia (52.684), Reino Unido (48.297), Suiza (41.975) e Italia (26.864).
Martín Bensadon, socio de Marval O’Farrell Mairal, experto en patentes y propiedad intelectual, sostiene: “Si lo pensamos con relación a la cantidad de habitantes o el PBI, los argentinos presentamos pocas patentes, a pesar de que sabemos que en el país hay innovación y mucha. Parecería que no tenemos demasiado inculcada la cultura de proteger lo que desarrollamos”. Y agrega: “También se evidencia que los argentinos que sí patentan, solo unos pocos han podido usar el PCT. Esto posiblemente se debe a que, al no ser miembros, solo podemos acceder por vías indirectas y costosas, por ejemplo, buscando socios en otros países o armando sociedades en el exterior”.
Alejandro Cafiero, ex miembro de la Dirección de Propiedad Intelectual de la Universidad Nacional de La Plata y magister en Propiedad Intelectual e Innovación, afirma que “hay tres razones principales que explican por qué la Argentina no ha accedido aun al PCT: la falta de una estrategia nacional de propiedad intelectual, concepciones erróneas sobre el tratado y la oposición de algunas compañías farmacéuticas nacionales, que han argumentado que unirse al tratado sería perjudicial para su industria, los trabajos que brindan y el acceso público a los medicamentos”.
Por su parte, Gloria Montaron Estrada, directora de Asuntos Legales y Propiedad Intelectual de la empresa Bioceres, considera que la Argentina logra pocas patentes por no ser miembros del PCT, así como también “por las directrices en materia de biotecnología del Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INPI), que prohíben patentar lo que la ley de patentes sí permite” y “el restraso de más de 15 años para [el otorgamiento de] una patente”.
Qué es el PCT
El PCT es el estándar internacional para presentar solicitudes de patentes. “Es el estándar de procedimiento que eligió el mundo para que las empresas y personas innovadoras protejan sus invenciones de manera más simple y menos burocrática a nivel internacional”, aseguran desde Marval O’Farrell Mairal.
Respecto de las facilidades que implicaría su adhesión agregan: “Uno de los principios del derecho de patentes es que el inventor tiene que presentar una solicitud de patente en cada país en el que quiera protección. Es decir, el derecho es territorial. Si un inventor realiza un invento en la Argentina, pero no lo patenta en Estados Unidos, no va a tener protección en ese país. Por esta razón, patentar un invento a nivel mundial es muy costoso. El PCT ofrece una solución sencilla pero muy valiosa, que es estandarizar algunas cuestiones formales y estirar la fecha de vencimiento para presentar las solicitudes en el exterior por 30 meses”.
Actualmente, en la Argentina el plazo es de 12 meses. “El cambio de 12 a 30 meses es esencial porque da al inventor tiempo suficiente para testear su invento, comprobar su valor y conseguir inversores antes de patentar a nivel mundial. Con solo 12 meses, eso es absolutamente inviable”, afirma Bensadon.
Dámaso Pardo, ex titular del INPI, expresa: “El PCT es un sistema de presentación de solicitud de patente, administrado por la OMPI, que tiene un solo formulario, un lugar donde seleccionar los países donde se quiere patentar, una sola tasa y un solo idioma. Eso simplifica el trámite parta proteger una invención”. Desde su punto de vista, si alguien no protege su invento “no le sirve de nada porque no lo puede monetizar y cualquiera que le quiera poner capital le va a preguntar si presentó la solicitud de patente. Eso es lo que te da el derecho de propiedad intelectual y la tranquilidad de explotarlo en forma exclusiva”.
Cabe destacar que el proyecto de adhesión al PCT cuenta con media sanción del Senado desde 1998, a la espera de su tratamiento en la Cámara baja. Por la temática que aborda no pierde estado parlamentario. Actualmente, la diputada del PRO Belén Avico hizo una presentación el año pasado, pero hasta el momento no ha prosperado.
Beneficios de adherir al tratado
Según los expertos, la reducción de costos sería uno de los principales beneficios para los innovadores porque tienen que pagar una única tasa. “Mientras que por el sistema tradicional se debe ir país por país, si un inventor decide patentar solamente en 20 estaría gastando alrededor de U$S40 mil, ya que se estiman unos U$S2000 por país. En cambio, si se realiza vía PCT, que es un procedimiento de presentación (no una patente que otorgue ningún organismo, no hay una patente mundial única) el inventor va a conseguir por un monto de entre U$S5000 y U$S10 mil dólares, dependiendo del abogado que elija, la protección en hasta 158 países”, explica Pardo.
Y agrega: “Normalmente los inventores, los investigadores, las startups, lo que no tienen es dinero. Tienen mucha creatividad, pero nadie cuenta con U$S40 mil, U$S50 mil o U$S100 mil para empezar a hablar de la representación”.
Otro de los puntos clave es la atracción de inversiones. Consultado respecto del impacto que tendría en el comercio exterior la eventual adhesión de la Argentina al PCT, Bensadon afirmó: “Implicaría un mayor patentamiento de inventos argentinos en el exterior y un mayor cobro de regalías en dólares, que ingresarían los inventores de nuestro país. También ayudaría a que empresas extranjeras vuelvan a confiar y a traer sus tecnologías más innovadoras. Es sabido que actualmente, por la mala protección que ofrecemos, muchas compañías elijen no traer sus innovaciones más valiosas”.
No obstante, para poder aprovechar los beneficios de formar parte del PCT se debe abordar la propiedad intelectual desde una perspectiva integral. Al respecto, Cafiero señala: “Para avanzar en materia de innovación, adherir al PCT es un paso fundamental que debe ir acompañado de la asignación estratégica de recursos al INPI, al Conicet y a otras instituciones de investigación. También es clave fortalecer las capacidades del ecosistema nacional de innovación, fomentar capacitaciones y promover la vinculación tecnológica. En este contexto, formar parte del PCT permitirá a la Argentina impulsar el desarrollo de vinculaciones estratégicas y facilitar el licenciamiento internacional de tecnología”.
“Las medidas adicionales a tomar incluyen la implementación de una estrategia de desarrollo de propiedad intelectual y acciones para apoyar a las compañías farmacéuticas nacionales, tanto genéricas como innovadoras”, concluye el especialista.
Otra mirada sobre las patentes
Lorena Di Giano, abogada especialista en propiedad intelectual y directora Ejecutiva de Fundación Grupo Efecto Positivo, disiente respecto de los beneficios que implicaría la adhesión al PCT. Desde su óptica, la propiedad intelectual no debiera ser el incentivo o el sistema predominante de innovación y desarrollo porque otorga derechos de exclusividad. “La propiedad intelectual genera monopolios en bienes públicos que necesitamos para la salud, para curarnos o para hacer un tratamiento crónico. Tiene que ver con la vida. El PCT abarca toda el área de la tecnología y no es lo mismo una patente o una propiedad intelectual sobre un objeto X que sobre un medicamento para el tratamiento del cáncer, el VIH o para la hepatitis C”, asegura.
Según su visión, el riesgo de adherir al PCT es el dominio de la propiedad intelectual extranjera y, para evitarlo, se debe optar por la inversión, especialmente en materia de salud pública. “Corremos el riesgo de que nos vendan la tecnología a un precio que no vamos a poder pagar. Por el momento, necesitamos seguir afuera del PCT, volver a invertir en investigación para tener innovación en todas las áreas, y entonces analizar si nos conviene como país”, analiza Di Giano.
Por su parte, Pardo asegura que en caso de adherir al PCT no habría afectación alguna para el área farmacéutica, debido a la resolución conjunta de 2012 que establece las pautas para el examen de patentabilidad de las solicitudes sobre invenciones químico-farmacéuticas. “Cada país decide qué es lo que protege, qué materia protege. Por ejemplo, las plantas y las variedades vegetales no son protegibles por patente en la Argentina, como tampoco en Europa. El PCT es solamente un procedimiento”.
Según los expertos, la Argentina tiene criterios de patentabilidad muy estrictos que no se modificarían con la adhesión al PCT. “La Argentina mantiene su total soberanía para decidir si conceder o no una patente. Además, el PCT permite hacer una reserva en la adhesión, para que el examen preliminar internacional (que no es vinculante) ni siquiera sea aplicable en el país. Uruguay hizo uso de esta reserva al adherir al PCT en 2024”, aclaran desde Marval O’Farrell Mairal.
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