Cómo será la renovación de la licencia de conducir

El Gobierno anunció cambios en el funcionamiento de las licencias de conducir a través del Decreto 196/2025 publicado este martes en el Boletín Oficial. Las modificaciones son de todo tipo y van desde cambios en la renovación hasta la eliminación de una de ellas.

En primer lugar, la resolución establece que cualquier Licencia Nacional de Conducir será válida en todo el país en su versión digital, la cual figura en la aplicación Mi Argentina. De esta manera, la versión física se torna opcional. Otro cambio importante gira en torno a la renovación. De ahora en más, para las licencias particulares (A, B y G) la renovación se podrá realizar de manera remota, según informó la Secretaría de Transporte vía redes sociales.

Los exámenes psicofísicos podrán ser dictados por prestadores que se registren en la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV)”, agregó la secretaría. En ese sentido, los médicos profesionales que deseen prestar este servicio, deberán contar con toda la instrumentología necesaria para hacer las evaluaciones psicofísicas requeridas y adherirse al registro dispuesto por la entidad citada.

Centros médicos privados podrán prestar servicio para la renovación de las licencias de conducirArchivo

“Habrá competencia entre médicos y no va a haber un canon. Cualquier profesional o centro médico que tenga la aparatología va a poder registrarse”, comentaron fuentes ministeriales. En ese sentido, los usuarios podrán elegir a qué centro médico acudir para luego continuar con el trámite de manera digital. En lo que refiere a la vigencia de las licencias particulares, el esquema quedó configurado de la siguiente manera:

Según establece la nueva Ley Nacional de Tránsito, si una persona comete faltas graves durante los primeros dos años luego de sacar la licencia por primera vez, se le suspenderá y tendrá que rendir los exámenes de nuevo.

Por otro lado, tal como había adelantado el vocero presidencial, Manual Adorni, se eliminó la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI) y las licencias nacionales de tipo C, D y/o E serán válidas para el transporte interjurisdiccional de cargas y pasajeros “siempre y cuando sean emitidas por jurisdicciones autorizadas por la Agencia Nacional de Seguridad Vial”.

El motivo que argumenta la Secretaría de Transporte

Lo que ocurría hasta la fecha era que la licencia de conducir profesional interjurisdiccional, que habilitaba transporte de carga y de pasajeros entre provincias, era otorgada directamente por la ANSV tras un período de capacitación. Por ende, aquellas personas que quisieran obtenerla, debían tramitar una licencia profesional previa en su jurisdicción de origen. “Era una duplicación de la licencia. Lo que se busca ahora es que Nación defina los criterios y se corra de la otorgación”, ampliaron fuentes ministeriales.

Con los cambios establecidos, una jurisdicción que sea autorizada por la ANSV podrá emitir la licencia de conducir profesional que habilitará al conductor a trasladarse entre jurisdicciones sin la necesidad de tramitar un carnet extra.

“Este decreto le da la facultad a la agencia de hacer convenios para delegar sus licencias. Van a seguir siendo de la ANSV, que va a establecer los estándares, pero las entregas las van a hacer las jurisdicciones. Todas las que tengan convenios de licencias nacionales, va a tener validez la profesional”, remarcaron. En esa línea, otra novedad es que el domicilio real no necesitará coincidir con el de la licencia profesional, por lo que el conductor podrá elegir cualquier jurisdicción adherida en donde tramitar el documento.

LA NACION

Conforme a los criterios de

Los comentarios están cerrados.