El impuesto a los combustibles deja en evidencia la necesidad de pensar una reforma tributaria seria

El impuesto a los combustibles deja en evidencia la necesidad de pensar una reforma tributaria seria

Dicen que, para muestra, alcanza un botón. Y se cumple si hablamos del sistema tributario argentino. Muchos dirán -y con bastante razón, por cierto- que existen demasiados botones si hablamos de impuestos en la Argentina.

Pero, dada la trascendencia que tomó el tema por el faltante de naftas en las estaciones de servicio y los anuncios del Gobierno, sería bueno analizar uno en particular: el Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono.

Este gravamen recibió una modificación importante en el 2017, cuando se estableció un valor fijo por cada litro de combustible y la obligación de ajustar dicho importe trimestralmente de acuerdo con el IPC.

Antes de ese cambio, existían dos variables para determinarlo: por un lado, un importe fijo por litro (es decir, como está hoy en día) y, por el otro, una alícuota. Y el impuesto quedaba definido por el mayor de los dos valores.

Así, por ejemplo, si el valor de la nafta era de $120 y el importe fijo por litro de combustible era de $10, una alícuota del 10% implicaría un impuesto de $12 (que, al ser mayor, era el monto que debía ingresar el contribuyente).

Por el contrario, si la alícuota era inferior (supongamos, del 8%), el importe que debía abonarse a la AFIP eran los 10 pesos. Vale aclarar que las alícuotas y los montos fijos del ejemplo son inventados, ya que sólo es para explicar el mecanismo con datos sencillos.

Sin embargo, desde diciembre de 2022 el valor se mantuvo estático por una decisión del Gobierno nacional de no aplicar el mecanismo de ajuste definido por la Ley 27.430. Desde entonces, los montos permanecen inalterados.

Desajustes

Un análisis rápido de esta situación nos puede develar algunos puntos que son claros ejemplos de lo mal que está diagramado el impuesto, al menos desde el punto de vista fiscal.

Por empezar, parece un despropósito que un impuesto tenga una suma fija en un momento en el que la inflación que acumula el país supera holgadamente las tres cifras.

Un cálculo puede ayudar a ver la magnitud del impacto: en diciembre de 2022, el litro de nafta súper se vendía en YPF a $150,90 y el monto fijo había sido definido en $20,064. Su injerencia en el precio era de poco más del 13 por ciento.

En noviembre el último aumento llevó el mismo combustible a $272 por litro, mientras que el tributo quedó fijado en los $26,064 que se mantiene hasta hoy en día. O sea, representa menos del 10% (9,58%, para ser más exactos).

Acá hay que detenerse un poco para preguntarse la finalidad del gravamen, porque si el objetivo es recaudar para algún fin en particular (obras viales, inversiones en energía, etc.), esta situación implicaría un recorte de fondos para esas partidas.

Por eso la necesidad de realizar un ajuste. Si bien en este caso es discutible que sea trimestral, dada la variación del IPC mes a mes, lo que más preocupa es que, lisa y llanamente, no se aplique ya que termina desconfigurando el sentido recaudatorio.

¿Y el daño ambiental?

Otro de los puntos que no hay que olvidar es que, con los cambios introducidos en la Ley 27.430, se estableció un componente fiscal adicional al Impuesto sobre los Combustibles.

Hablamos del Impuesto al Dióxido de Carbono, cuya modalidad de cálculo es igual: es un monto fijo que se aplica por litro. También debería actualizarse trimestralmente, pero (también) se mantiene sin modificaciones desde enero.

Lo particular de este caso es que el objetivo por el cual se incorporó el gravamen era para atender a los efectos nocivos que genera la emisión de gases de este estilo en el medio ambiente.

Es decir, que hay un problema (que fue precisamente por el que nació el tributo) cuyas consecuencias no se están tratando, debido a que la recaudación de este componente no hace más que perder fuerza frente a la inflación.

Visto en el tiempo, terminó siendo una medida que, bajo el disfraz de un impuesto ambiental, sólo aporta un plus recaudatorio que nada tiene que ver con las emisiones y menos con el daño que producen.

Impacto en el precio

Está claro que el decreto 567 está pensada para evitar que el precio de los combustibles se eleve demasiado. No es casualidad que la medida se haya anunciado horas antes de la autorización para que las empresas suban el valor de las naftas.

Luego de un fin de semana marcado por las colas interminables en las estaciones de servicio, el Gobierno oficializó que los incrementos de los montos de los impuestos quedarían sin cambios hasta el 1 de febrero de 2024.

Tan sólo un día después, YPF aumentó la nafta y el gasoil un 9,6% y, como sucede normalmente, el resto de las petroleras la imitaron, aunque con porcentajes levemente inferiores.

Sin embargo, no hay que olvidar que el precio en surtidores tiene un atraso que ronda el 60% en lo que va del año, mientras que la inflación ya supera el 120%. Intervenir, en este caso, puso un problema adicional que se busca redimir con el impuesto.

Intentar llevar adelante una adecuación implicaría un incremento considerable del precio de los combustibles, pero no hacerlo apuntala la idea de que no hay un plan de fondo, sino meros intentos por evitar que las cosas exploten. No hay largo plazo.

Por eso es necesario comenzar a pensar un sistema tributario distinto, que sirva para mostrar el camino a seguir y no uno en los que los impuestos sean una moneda de cambio que se ponen y se sacan sin más argumentos que la necesidad del momento.

Llegó el momento de sincerar de una buena vez los impuestos en la Argentina, de evitar imponer gravámenes sin sentido y de ajustarlos a un esquema que refleje la línea de política económica y el sistema de justicia que buscamos.

El autor es tributarista, socio del estudio Expansion Holding

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