Chubut aprobó una ley que permite el desalojo inmediato de inmuebles usurpados y acelera la devolución a los propietarios
La Legislatura de Chubut aprobó una reforma clave al Código Procesal Penal que establece el desalojo inmediato de inmuebles usurpados, permitiendo su restitución a los propietarios sin necesidad de esperar la resolución final de la causa penal. Se trata de una iniciativa que contaba con el apoyo explícito del gobernador Ignacio Torres y que recibió dos rechazos en la Legislatura, de una diputada peronista y un diputado de la izquierda.
La medida aprobada el jueves, la introducción de un artículo al Código Procesal Penal, busca agilizar los procesos judiciales en casos de ocupaciones ilegales y garantizar una respuesta rápida a quienes vieron vulnerado su derecho a la propiedad.
“Lo que hace esta Ley es garantizar que, en casos de usurpaciones, el legítimo dueño no deba esperar años para recuperar lo que le pertenece. La Justicia tiene que estar al servicio de las víctimas y protegerlas”, afirmó el gobernador Torres, principal impulsor del proyecto. Según Torres, la reforma representa un avance en la protección de los derechos de los ciudadanos.
En la votación, la iniciativa recibió un amplio respaldo de los legisladores, aunque hubo dos votos en contra. Los diputados Tatiana Goic, representante del peronismo y del gremio de Camioneros, y Santiago Vasconcelos, del Frente de Izquierda, se opusieron argumentando que la nueva normativa podría ser utilizada en perjuicio de los pueblos originarios.
“Estas normas se dictan en un contexto social y político. Este proyecto no surge de la nada, sino después de declaraciones del gobernador en un acto”, dijo Goic (Arriba Chubut), en referencia a un acto reciente en el que Torres se refirió a usurpaciones en el Parque Nacional Los Alerces.
“Este proyecto le da más herramientas al Estado para avanzar en el desalojo de poblaciones indígenas o de aquellos sectores a los que nunca se les resuelve el problema habitacional”, sostuvo Vasconcelos. “Lo presentan dos días después de que Torres dijera, junto a Bullrich, que iban a avanzar contra los falsos mapuches”, añadió.
Desde el oficialismo, sin embargo, rechazaron esta interpretación: dijeron que los pueblos originarios tienen sus propias tierras y aseguraron que la reforma está diseñada exclusivamente para casos de usurpaciones ilegales que vulneren derechos individuales.
“Confundir o involucrar al pueblo tehuelche mapuche es muy injusto. Tienen tierras hace mucho tiempo, nadie los ha despojado de ellas. Tratarlos de delincuentes, como hacen estos diputados en su supuesta defensa, no me parece justo”, expresó María Aguilera (Despierta Chubut).
“No generemos pánico”, pidió Juan Pais (Arriba Chubut). “Sí quizás algún delincuente pueda ser repelido, expulsado, no queramos reducir la aplicación de esto a la persecución de los pueblos originarios, no es el fin”.
Qué dice el nuevo artículo sobre desalojos en Chubut
La norma incorpora el artículo 238 bis a la Ley XV N° 9, que habilita al juez a disponer el desalojo de los usurpadores y la devolución del inmueble a quien acredite ser el legítimo dueño. Este pedido podrá realizarlo el fiscal, el querellante o incluso la propia víctima, aunque no se haya constituido como parte querellante.
“A los fines de tener por configurada la verosimilitud se tendrán especialmente en cuenta las siguientes situaciones: a) La acreditación documentada por parte de la víctima de su derecho de propiedad o de la legítima posesión o tenencia sobre el inmueble usurpado; b) la falta de acreditación de título para justificar el derecho real de dominio, la posesión o la tenencia por parte del ocupante sobre el cual recaiga la imputación penal será considerado un supuesto especifico de verosimilitud del derecho invocado por la víctima”.
Además, el juez podrá fijar una “contracautela en aquellos casos en los que por sus circunstancias lo considere necesario”.
“Antes, las víctimas de una usurpación tenían que esperar al desenlace de un proceso penal larguísimo para recuperar sus bienes. Ahora, podrán solicitar el desalojo inmediato si acreditan la verosimilitud de su propiedad”, explicó el vicegobernador Gustavo Menna.
Enfatizó que la norma busca agilizar los tiempos judiciales y brindar una respuesta concreta a los damnificados. “La idea es que quien sufre una usurpación no tenga que padecer dos veces: primero al perder su propiedad y luego al enfrentarse a una espera interminable para recuperarla”, concluyó.
Los comentarios están cerrados.