Dónde voto Santa Fe Elecciones 2023: consultá el padrón electoral para el balotaje
¿Dónde voto en Santa Fe? La Cámara Nacional Electoral (CNE) publicó el padrón electoral para el balotaje del domingo 19 de noviembre entre Sergio Massa y Javier Milei. Por lo tanto, los usuarios ya pueden consultar el lugar y fecha de votación, que podría ser diferente al de las Elecciones de octubre.
En el padrón electoral figura el lugardonde se debe sufragar, el número de mesa y el número de orden, con el objetivo de que los votantes les brinden esa información a las autoridades de mesa y que la votación sea más ágil y práctica.
Para chequear los datos del padrón, hay que ingresar el número deDocumento Nacional de Identidad, distrito, género y un código verificador que indica la propia web.
Una vez cumplidos estos pasos, se pueden consultar los datos de lugar, mesa de votación y número de orden previstos para los comicios del 19 de noviembre. En total hay cerca de 34 millones de personas habilitadas para votar.
Dónde voto en Santa Fe: padrón electoral balotaje 2023
La Cámara Nacional Electoral recordó que los documentos válidos para votar son la libreta de enrolamiento/libreta cívica, el DNI libreta verde o celeste, la tarjeta del DNI libreta celeste que contiene la leyenda "No válido para votar" y el nuevo DNI tarjeta.
Balotaje 2023: cómo votar en Santa Fe
Para poder ejercer el derecho al voto, se deben seguir estos pasos:
- Ubicar el establecimiento y la mesa correspondiente.
- Acercarse a la mesa asignada, con el DNI actualizado y, de ser posible, recordando el número de orden para agilizar el proceso.
- Efectuar el voto en el cuarto oscuro.
- Firmá el padrón donde te indique la autoridad de mesa.
- Retirá la constancia de emisión del voto y tu DNI verificando que ambos sean tuyos y que la constancia contenga la firma del presidente de mesa.
Balotaje 2023: qué pasa si no voy a votar
De acuerdo con la Constitución Nacional, el voto es obligatorio para todas las personas que tengan entre 18 y 70 años, mientras que los electores de 16 y 17 años, como también los mayores de 70, pueden hacerlo de forma optativa.
Javier Milei y Sergio Massa se enfrentarán en el balotaje. Foto: AFP.
Las multas por no votar varían entre 50 y 500 pesos, según cuántas veces hayan faltado el día de la elección. Sin embargo, hay tiempo hasta 60 días después del día de los comicios para presentar una justificación ante la Justicia Electoral.
Balotaje 2023: con qué documentos puedo votar
¿Con qué documento puedo votar? Se vota con el documento cívico que figura en el padrón electoral, o con una versión posterior del mismo. Si concurrís a votar con un documento anterior al que consta en el padrón no podrás hacerlo. El DNI en el celular no es válido para las elecciones.
¿Puedo votar con una constancia de DNI en trámite? No. No se considera probatorio de la identidad ningún comprobante de documento en trámite.
Multa por no votar: quiénes están exentos
- Los jueces y sus auxiliares que por imperio de esta ley deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial;
- Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales electores se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que extenderá certificación escrita que acredite la comparecencia;
- Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares (los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente);
- El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior y Transporte la nómina respectiva con diez (10) días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación
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