Qué pasará con la moratoria previsional y cuántas personas acceden al régimen por la vía de excepción a la regla general

El Gobierno ratificó hoy que después del 23 de marzo de 2025 ya no habrá posibilidad de jubilarse, sin tener 30 años de aportes, adhiriendo a una moratoria previsional. La confirmación de que no habrá prórroga para el llamado “plan de pago de deudas previsionales” de la ley 27.705 está incluida en el informe que el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, presentó ante el Senado de la Nación.

Desde marzo de 2023 se otorgaron 473.907 beneficios previsionales para los cuales se recurrió a ese esquema de moratoria. Se trata de la mayoría de las prestaciones dadas de alta. De hecho, según información consignada en el boletín estadístico de la Subsecretaría de Seguridad Social, de las 315.166 nuevas jubilaciones otorgadas entre enero y septiembre de este año en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), 232.266 -es decir, el 74%, o tres de cada cuatro- incluyeron moratoria. Y de las 66.017 pensiones dadas de alta, poco menos de la mitad –el 49%- también requirió de ese tipo de plan, ya que los solicitantes no cumplían con los requisitos previstos en la ley jubilatoria.

Así, del total de nuevas jubilaciones y pensiones dadas este año, siete de cada diez tuvieron planes de pago, un dato que refleja -entre otros problemas- la fuerte crisis de calidad del mercado de trabajo que afecta a la Argentina desde hace muchos años. Con diferentes versiones, las moratorias rigen desde hace ya dos décadas y, mientras tanto, no se le dio ninguna solución al problema que hizo que surgieran, lo cual complicó el financiamiento de las prestaciones.

Semanas atrás, cuando se debatió en la Comisión de Presupuesto y Hacienda de Diputados el proyecto de presupuesto 2025, el director ejecutivo de la Anses, Mariano de los Heros, había expresado que no había intención del Gobierno de prorrogar la vigencia de la principal moratoria hoy vigente.

La ley 27.705 fue aprobada en febrero de 2023 y establece que las personas que tienen la edad de jubilación del régimen general (60 años las mujeres y 65 años los varones) o la cumplen dentro de los dos años posteriores a marzo del año pasado (concretamente, hasta el 23 de marzo de 2025) pueden comprar, a un precio determinado, los aportes que les hagan falta para completar los 30 años requeridos por el régimen previsional.

La ley 27.705, que establece la moratoria cuya vigencia caerá en marzo próximo, fue aprobada en febrero de 2023 por el Congreso de la NaciónVICTORIA GESUALDI – Télam

Comprar los aportes de acuerdo con lo establecido por la ley implica contraer una deuda con el Estado. Pero no es una obligación que se deba abonar efectivamente (salvo excepciones). El mecanismo dispuesto implica que la Anses otorga el beneficio y durante un período se descuenta, del haber mensual, un importe actualizable, con lo cual se va saldando la obligación con el fisco. Ese sistema de descuentos de haberes no aplica si la persona, dado su nivel de ingresos o su patrimonio, no pasa un examen socioeconómico. Sin embargo, incluso para estos últimos casos la ley de 2023 previó que se puedan comprar contribuciones a un precio subsidiado, con la condición de que el pago se haga antes de pedir el beneficio previsional.

Los aportes que pueden adquirirse, en el caso de personas ya en edad de jubilarse, deben corresponder a períodos previos a 2009. Y el valor de cada mes de contribución es en el actual noviembre de $25.355, en tanto que en diciembre subirá a $26.038.

La propia ley determina que el sistema de la llamada “unidad de pago de deuda previsional” rija por dos años, un plazo prorrogable por otro de igual duración. Esta alternativa no será utilizada por el Gobierno actual que, de hecho, intentó una caída anticipada de la vigencia de la moratoria. Fue cuando se debatió en el Congreso la iniciativa de la ley de Bases; entonces, el Poder Ejecutivo introdujo un artículo para que el sistema dejara de regir de manera inmediata, pero eso no fue aprobado.

¿Qué pasará a partir de fines de marzo de 2025? “Las personas que alcancen los 65 años de edad y no reúnan la cantidad de aportes necesarios para solicitar una jubilación (30 años en el régimen general) podrán acceder, en el caso que superen el control socioeconómico, a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) -indica la respuesta dada a los senadores por el Ministerio de Capital Humano, a través de la Jefatura de Gabinete, sobre ese tema-. Resulta importante aclarar que, si bien la edad mínima legal del régimen general para jubilarse es de 60 años para las mujeres y de 65 años para los varones, la decisión de continuar trabajando depende de cada persona y no se les puede exigir la jubilación a esas edades”.

La PUAM es una prestación que equivale al 80% del haber mínimo del régimen contributivo de la Anses. En diciembre será de $207.679 y se agrega el bono de $70.000, para completar un importe de $277.679. La jubilación mínima, de hecho, será de $259.598,76 en bruto y de $251.811 en mano, aunque para quienes acceden por moratoria (que, en este grupo de menores ingresos son la gran mayoría) durante un tiempo el ingreso es inferior, dado que se descuentan las cuotas del plan de pagos.

La gran mayoría de quienes tienen el haber mínimo ingresó al sistema jubilatorio a través de una moratoriaDaniel Basualdo

Para acceder a la PUAM se debe tener 65 años de edad, sin diferencia según se sea varón o mujer. Por eso, la caída de la moratoria afectará principalmente a las mujeres que, entre marzo de 2023 y este mes representaron el 61% de las altas de beneficios con moratorias.

La propuesta que había incluido el Gobierno en la ley de Bases implicaba la caída anticipada del régimen de plan de pago de deudas previsionales y, a su vez, la creación de prestaciones proporcionales a los años de aportes hechos por cada persona. Un punto débil de la PUAM, creada por ley a fines de 2016, es que no diferencia a quien no tiene ningún aporte de quien acumuló, por ejemplo, 20 años de contribuciones. En rigor, el problema es que tampoco el sistema previsional contributivo prevé pagos proporcionales, sino que rige el requisito rígido de los 30 años de aportes, como mínimo, para acceder a la jubilación.

En 2023, según la estadística oficial, el 80% de las jubilaciones dadas de alta -396.330 de 488.490- requirió de una moratoria (con el plan de la ley que quedará sin vigencia en marzo, o con otro, que seguirá vigente y que tiene un alcance mucho más limitado). Al menos desde 2010, cada año más de la mitad de las jubilaciones dadas de alta requirió de moratoria. El récord se registró en 2015 (año electoral), con un índice de 87%.

A la vez, dos tercios de las prestaciones jubilatorias vigentes incluyeron o incluyen ese sistema de excepción a la regla general. Son, a septiembre último, 3.869.248 jubilaciones, que se suman a 522.155 pensiones por fallecimiento: 4.391.403 beneficios, sobre un total de 7.315.258. Si se miran los beneficiarios, el número es menor, porque hay quienes tienen tanto jubilación como pensión obtenidas con planes de pago.

Guillermo Francos presentó un informe de gestión en el Congreso y ratificó que la vigencia de la moratoria previsional caerá en marzo de 2025

Los datos son reflejo de la crisis social y laboral que persiste desde hace décadas. Las moratorias son un parche y una respuesta temporal a un problema estructural, como lo es la economía informal. Hoy, según cálculos basados en los resultados de la Encuesta Permanente de Hogares del Indec, alrededor de la mitad de quienes trabajan, ya sea como dependientes o por cuenta propia, no hace aportes previsionales.

La ley 27.705 también creó un plan de adquisición de aportes para personas a las que les faltan hasta 10 años para la edad jubilatoria. En estos casos se adquieren “unidades de cancelación de aportes previsionales para trabajadores y trabajadoras en actividad”. Cada unidad vale un mes de contribución y pueden comprarse solo períodos previos a abril de 2012. Lo declarado como deuda se debe pagar antes de pedir la jubilación. Ese plan no caerá, según confirmaron fuentes del Gobierno, porque se contempló una fecha de finalización, como sí ocurre en el caso de quienes tienen edad para jubilarse.

Hay otra moratoria vigente: la de la ley 24.476, aprobada en los 90 y reglamentada 10 años después. Las posibilidades de ingreso se van reduciendo con el tiempo, porque solo pueden cancelarse deudas por aportes de meses previos a octubre de 1993. Y hay que tener en cuenta que pueden declararse aportes impagos solo por períodos en que se haya tenido al menos 18 años de edad.

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